Solicitud de prestaciones reconocidas a dependientes fallecidos (código 1517) (SIA 287766)

Información Básica

Objeto:

Abonar a la comunidad de herederos de personas dependientes, los créditos que tuvieran éstos contra la Administración Regional, cuando han fallecido.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Comunidad de herederos de personas dependientes fallecidas.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Que la persona dependiente en la Región de Murcia tuviera reconocidos atrasos periodificados pendientes de vencimiento al tiempo de su fallecimiento.

Ser heredero de una persona dependiente fallecida y constituirse en comunidad, presentando la solicitud que se anexa acompañándola de la documentación que se señala.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Prestaciones reconocidas a dependientes fallecidos
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Sólo si se actúa por representación, documento acreditativo de la representación otorgada por algún/os miembro/o de la comunidad hereditaria a favor del solicitante
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    certificado de defunción de la persona dependiente
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad de la persona dependiente
  • Testamento
    (Obligatorio / No original)
    Copia del último testamento otorgado por el causante o, en su defecto, acta notarial de declaración de herederos de la persona dependiente
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Certificado bancario en el que figure el número de Código IBAN de todos los miembros de la comunidad hereditaria como titulares o, en su caso, de su representante.O bien, Libreta de Ahorro en la que consten los mismos datos señalados más arriba.
  • Acta notarial
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de existir Renuncia a la Herencia
  • Libro de familia
    (No obligatorio / No original)
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Otra documentación que el interesado considere conveniente presentar.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Consulta de defunción (*)
  • Consulta de matrimonio (*)
  • Copia simple de poderes notariales (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD.
Información adicional sobre recursos
Que actuará como Excmo./a Sr/Sra. Presidente/a del IMAS.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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