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Instituto de Seguridad y Salud Laboral

Cumplimentación correcta de los partes de accidentes de trabajo "CNAE"

El Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, aprobó la clasificación de actividades económicas 2009, tanto para reflejar los cambios estructurales de la economía, y en especial el desarrollo tecnológico, como para garantizar la comparabilidad internacional de las estadísticas.

Este Real Decreto, que entró en vigor el 1 de enero de 2009, tal y como se establece en su artículo segundo obliga a todas las empresas y entidades económicas, y por lo tanto en sus declaraciones con las administraciones u otras empresas, a acomodar su actividad al listado establecido en el mismo.

En las declaraciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se viene observando que las entidades obligadas a realizar estas declaraciones no comunican su CNAE con arreglo al listado determinado en el Real Decreto antes citado, sino que lo realizan con arreglo al derogado Real Decreto 1560/1992 de 18 de diciembre.

Para garantizar la homogeneidad de los datos y que los mismos sean comparables con las series estadísticas que venimos realizando en estas materia desde el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, se precisa que se cumplimenten de manera fiel los partes; tanto de accidentes de trabajo, como de enfermedades profesionales, con especial atención en lo que se refiere a la cumplimentación del CNAE o código de actividad económica.

Para facilitar dicha cumplimentación, se adjunta la tabla comparativa de los CNAES 2003 y 2009 para su consulta.

Tabla comparativa CNAES 2003 y 2009