Atención a la ciudadanía
Acceso a información pública-Transparencia (código 1307)
012 y 968 362 000
Información Básica
Objeto:
Permite ejercer el derecho de acceso a la información pública, entendida como los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la Administración Regional y sus organismos públicos y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Destinatarios:
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.Tramitación Inmediata:
NoPeriodicidad:
ContinuoPlazo de Presentación:
AbiertoUnidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN Y PORTAVOZ
SECRETARÍA GENERAL DE TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN Y PORTAVOZ (A14022344)
Otra Información de Interés
Los usuarios que tramiten electrónicamente su solicitud, no están obligados a adjuntar a la solicitud electrónica el modelo de solicitud para tramitación presencial.
Más información. Consulte la sección de Preguntas frecuentes sobre el derecho de acceso a la información pública en el Portal de Transparencia.
Requisitos
Documentación
Modelos para solicitudes
Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”
Dónde y Cómo tramitar
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital, Cl@ve...-
Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
-
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. -
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
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Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
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Cumplimentación manual
La solicitud se encuentra disponible en el apartado "Documentación-Modelos para solicitudes" y deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria.
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro.
Resolución, Recursos y Normativa
Resolución
Artículo 26, apartado 5, de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Reclamación previa a la vía judicial contencioso-administrativa | Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
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Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
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Ley 7/2016, de 18 de mayo, de Reforma de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
-
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Atención a la ciudadanía
- PROTECCIÓN DE DATOS
- Sugerencias y quejas
- Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Red de Oficinas de Atención al Ciudadano de la Administración Regional
- Oficinas Registro Virtual integradas en registro electrónico común y Sistema de Interconexión de Registros a través de ORVE.
- Oficinas de Atención Presencial
- Servicio de Atención Telefónica
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- Cartas de Servicios
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- Oferta de Empleo y bolsas de trabajo
- Acceso restringido a información de la GSE