Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
Teléfonos de Información
012 desde la Región de Murcia
968 362 000
Órgano/s gestor/es
La Unidad Orgánica Responsable
Código y denominación
1206 - Subvenciones para contratos en prácticas
Objeto
Subvencionar contratos formativos en prácticas a tiempo completo, que reúnan los requisitos legalmente establecidos para formalizar este tipo de contrato, que se realicen a jóvenes desempleados que con anterioridad a la fecha del contrato no hayan cumplido 30 años de edad y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Región de Murcia.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las empresas cuyo centro de trabajo, para el que se realice la actividad objeto de subvención, se encuentre en la Región de Murcia y formalicen contratos de trabajo definidos como subvencionables.
Requisitos
Será requisito necesario para poder obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de regulación, que la empresa solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.
Formalizar contratos formativos en prácticas a tiempo completo, que reúnan los requisitos legalmente establecidos para formalizar este tipo de contrato que se realicen a jóvenes desempleados, que con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de trabajo cumplan los siguientes requisitos.
- No hayan cumplido 30 años de edad y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo del SEF.
Requisitos Posteriores
Sin perjuicio de las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios deberán cumplir la siguiente obligación:
a) Mantenimiento del puesto de trabajo. Las empresas beneficiarias vendrán obligadas al mantenimiento de los contratos por el periodo subvencionado y se iniciará a partir de la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Asimismo deben cumplirse los requisitos establecidos en el art 12 de la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia, modificada por la Orden de 6 de junio de 2016 y la Orden de 3 de mayo de 2017.
Las personas jurídicas, profesionales colegiados y representantes de sujetos obligados deben presentar la solicitud y demás documentos a través de medios electrónicos.
a) Con certificado electrónico
Tanto los obligados a presentar la solicitud mediante medios electrónicos como los que, sin estar obligados a ello lo utilicen, presentarán la solicitud a través del “formulario electrónico especifico”, que viene en el apartado “Presentación de solicitud de inicio” acompañado de los demás anexos y documentación requerida
El Representante de la empresa, deberá firmar electrónicamente el formulario de solicitud y los anexos mediante el "Certificado de Representante".
Una vez cumplimentados los Anexos por la empresa, deben imprimirse en pdf, siendo el documento obtenido en (en pdf), el que se firmará electrónicamente.
Una vez presentada la solicitud de subvención, la empresa pretenda aportar documentación (por propia iniciativa o por habérsela requerido), deberán utilizar el formulario disponible en el apartado “Actos de trámite en un expediente ya iniciado”. Identificado, bien por el número de registro de la solicitud de subvención o por el número de expediente, si ya se dispusiese y lo conociera, además de identificar a que número de procedimiento corresponde.
b) Sin certificado electrónico
Las personas físicas que no utilicen los medios electrónicos para la presentación de la solicitud han de cumplimentar la solicitud de subvención disponible en el apartado "Cumplimentación asistida", a la que deberán acompañar la documentación requerida y los Anexos firmados por el solicitante, que deberá presentar en cualquier oficina de registro para su tramitación (Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro).
______________________________________________________________________________________
En el caso de no autorización: para el caso de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, se presentarán los certificados indicados anteriormente individualizados, correspondientes a los comuneros o miembros de la sociedad civil.
En el caso de no autorización: para el caso de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, se presentarán los certificados indicados anteriormente individualizados, correspondientes a los comuneros o miembros de la sociedad civil.
En el caso de no autorización: para el caso de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, se presentarán los certificados indicados anteriormente individualizados, correspondientes a los comuneros o miembros de la sociedad civil.
Tarjeta del CIF de la empresa solicitante, o DNI del Trabajador Autónomo que efectúa la contratación.
Copia del contrato de trabajo concertado y huella del sistema <
Certificado expedido por la entidad bancaria o documento donde el solicitante tenga domiciliado el abono de la subvención, en el que consten los 24 dígitos identificadores de su IBAN, y su CIF o NIF en caso de Autónomos contratantes.
- Declaración Responsable de haber obtenido, o no, otras subvenciones o ayudas, u otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario, así como las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores a la fecha de solicitud, o solicitadas pendientes de resolver y de reunir los requisitos para obtener la subvención (Según Anexo incluido en la solicitud).
- Declaración responsable de autenticidad de los documentos aportados (incluido en el anexo de solicitud).
Anexo "Información a los trabajadores", debidamente cumplimentado y firmado por las partes (según anexo disponible en la web).
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR: Copia del permiso de trabajo y residencia si el trabajador fuere extranjero no comunitario.
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR: copia del título universitario de grado medio o superior, o de Formación Profesional de grado medio o superior, o, en su caso, acreditación del pago de los derechos para la expedición del título correspondiente o del certificado de profesionalidad.
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR: autorización trabajador/a acceso datos personales e Indicadores FSE (según anexo).
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR: en caso de no autorización, Informe de su Vida Laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social donde conste, tanto la contratación por la que se solicita la subvención, como todos aquellos datos referidos a los 24 meses anteriores a la fecha del inicio de esta contratación.
DOCUMENTACIÓN TRABAJADOR: en caso de no autorización, Fotocopia del DNI o NIE.
En el caso de solicitudes presentadas por representantes. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
Anexo de autorización a datos personales.
En el caso de entidades sin ánimo de lucro, documento fiscal que acredite que realiza actividad económica de forma regular.
(*) No está obligado a presentar los documentos marcados con *, salvo que expresamente no autorice a esta Administración para que pueda obtener/ceder los datos/documentos de forma electrónica o por otros medios. EN EL CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD ( art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Presentación de solicitud
Fecha inicio
04/03/2018
Fecha fin
01/10/2018
Comentarios
El plazo de presentación de solicitudes de subvención será de 15 días a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social del trabajador contratado (fecha de inicio de la relación laboral).
Excepcionalmente, y dentro del plazo de 15 días desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, podrán solicitarse las contrataciones realizadas desde el 1 de enero de 2018.
Además, todas las solicitudes de subvención deberán ser presentadas dentro del periodo comprendido entre el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria y el 1 de octubre de 2018 (último día de presentación de solicitudes).
Presentación de solicitud de inicio
- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Actos de trámite en un expediente ya iniciado
- Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
- El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Cumplimentación asistida
- Esta opción le permite rellenar un formulario válido que deberá imprimir al final del proceso para su presentación en los lugares indicados más abajo.
Lugares presentación
Forma de inicio
A solicitud del interesado
Autoridad que resuelve
Director general del Servicio Regional de Empleo y Formación
Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido | |
---|---|---|
Recursos que proceden ante la Administración Regional | ||
Alzada | Consejero de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente | |
Recursos que proceden ante la Administración de Justicia | ||
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |