Tenencia de medicamentos veterinarios, para uso clínico, (Botiquín Veterinario), de los profesionales veterinarios en el ámbito de la Región de Murcia (código 1191) (SIA 206989)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Comunicar por los profesionales veterinarios, mediante declaración responsable,  la existencia, bajo su control, de medicamentos veterinarios para su uso clínico profesional (botiquín veterinario).

La indicada comunicación es obligatoria.

 

 

Información de Interés

Las declaraciones responsables que deben efectuar los profesionales veterinarios, (punto 2 del art. 93 del Real Decreto 109/1995 del 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios y su modificación por el Real Decreto 1132/2010 del 10 de septiembre) sobre la existencia bajo su control de medicamentos veterinarios para  uso clínico profesional (botiquín veterinario),  serán recibidas  grabadas  y gestionadas por el departamento responsable de este procedimiento.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Todos los profesionales veterinarios que actúen dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia que dispongan para su uso profesional y bajo su exclusiva responsabilidad de almacenamiento de medicamentos veterinarios.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser profesional veterinario que ejerza sus funciones dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Declaracion de tenencia de Botiquín Veterinario
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    de la Gestión de los Medicamentos: Memoria de las características del lugar donde se van a depositar los medicamentos que componen el Botiquín Veterinario. Además, en el caso de la Solicitud de Baja del Botiquín Veterinario, deberán adjuntar documento de cesión y/o custodia de los medicamentos existentes en el momento de la baja en dicho Botiquín Veterinario.
  • Ficha técnica de vehículos
    (No obligatorio / No original)
    (Cuando el BOTIQUÍN VETERINARIO está localizado en un VEHÍCULO)
  • Memoria
    (No obligatorio / Original)
    descriptiva de la gestión de los medicamentos que componen el Botiquín Veterinario acompañada de modelos de: Hoja de Pedido, Registro de entradas y salidas y Receta Veterinaria con la que suministran estos medicamentos.
  • Plano
    (No obligatorio / Original)
    Plano de Situación del botiquín dentro del establecimiento.(Cuando el BOTIQUÍN VETERINARIO está localizado en un ESTABLECIMIENTO)
  • Mapa
    (No obligatorio / Original)
    Plano de situación del establecimiento dentro municipio y/o pedanía.(Cuando el BOTIQUÍN VETERINARIO está localizado en un ESTABLECIMIENTO)
  • Permiso circulación vehículos
    (No obligatorio / Original)
    Solo será necesaria su presentación, cuando el establecimiento de atención veterinaria esté ubicado en un vehículo.
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / Original)
    Solo será necesaria su presentación, cuando el establecimiento de atención veterinaria esté ubicado en un vehículo.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Declaración responsable según modelo del procedimiento
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

La liquidación de las tasas de este procedimiento (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), quedará integrada entre las diferentes fases del trámite telemático, mientras solicitan la inscripción en el registro de establecimientos. Es decir, en el trámite de la solicitud, necesariamente se accederá a la Pasarela de Pagos, para realizar el pago de la correspondiente tasa. Al ser los destinatarios de este procedimiento profesionales veterinarios, y por tanto, sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, según el artículo 14 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no podrán aplicarse ningún tipo de bonificación en el pago de la tasa, debiendo abonarla en su totalidad.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Información adicional sobre recursos
No cabe recurso

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia