Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Elaboración y desarrollo del programa de seguridad vial.
b) Redacción y dirección técnica de proyectos de seguridad vial.
c) Vigilancia y control de usos de la red de carreteras.
d) Colaboración en los estudios de señalización y seguridad vial con otros Organismos.
e) Tramitación y propuesta de resolución de los expedientes relativos a la explotación de la red regional de carreteras.
f) Tramitación y propuesta de resolución de los expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa relativa a carreteras.
g) Elaboración del plan anual de aforos y toma de datos de tráfico de la red de carreteras.
h) Coordinación tecnológica y estadística.
i) Las funciones que, con carácter general, atribuye la legislación de contratos de las administraciones públicas a las unidades de supervisión de proyectos para las mismas.
j) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias