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Empresas
Junta Regional de Contratación Administrativa

Naturaleza Jurídica y organización

La Junta Regional de Contratación Administrativa, adscrita a la Consejería competente en materia de Hacienda, es el órgano consultivo y asesor en materia de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como de los Organismos Autónomos y de las Entidades de derecho público de ella dependientes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la legislación en materia de contratación.

La Junta Regional de Contratación Administrativa podrá actuar en Pleno y en Comisión Permanente.

La Comisión Permanente está asistida de un Consejo Asesor para el cumplimiento de sus funciones.

Además la Junta, cuando lo considere procedente, podrá nombrar en su seno Ponencias para el análisis y estudio de materias concretas.

* La composición del Pleno, Comisión Permanente y Consejo Asesor viene establecida en los artículos 4 a 11 del Decreto 175/2003, de 28 de noviembre, por el que se regula la Junta Regional de Contratación Administrativa de la Región de Murcia y se dictan normas en materia de clasificación de empresas.

Funciones

1. Informar sobre que le sometan las diferentes Consejerías, Organismos Autónomos y Entes Públicos dependientes de la Administración Regional en materia de contratación administrativa.

1.2. Informar con carácter preceptivo:

  • Los proyectos normativos en materia de contratación administrativa.
  • La inclusión en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de estipulaciones contrarias a las previstas en los pliegos de cláusulas administrativas generales.
  • Las modificaciones de contratos, cuando la cuantía de la misma, aislada o conjuntamente, sea igual o superior a un 15 por 100 del precio original de contrato, y éste sea superior a 1.200.000 euros, si es un contrato de obras, o a 180.000 euros si se trata de contratos de consultoría y asistencia o servicios

2. Formular propuestas de resolución en los expedientes para la declaración de prohibición de contratar, cuando su tramitación sea competencia de la Administración Regional.

3. Vigilar la observancia de los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación en los contratos que se celebren por la Administración Regional.

4. Realizar estudios sobre contratación administrativa y emitir de oficio, cuantos informes y recomendaciones considere oportunos y sean de interés para los diferentes órganos de contratación.

5. Colaborar en las actividades de formación del personal en materia de contratación administrativa

6. Impulsar y promover la normalización de la documentación en materia de contratación administrativa.

7. Proponer al Consejo de Gobierno, la aprobación de pliegos de cláusulas administrativas generales

8.  Dirigir, conservar, actualizar y custodiar el Registro Público de Contratos y el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma.

9.  Elevar anualmente al Consejo de Gobierno, una memoria sobre la gestión contractual de la Administración Regional, en sus aspectos administrativos, económicos y técnicos, proponiendo la adopción de medidas convenientes para la mejora del sistema de contratación.

10.  Adoptar acuerdos en relación a la clasificación de empresas y revisión de clasificaciones, así como informar su suspensión y demás funciones que por Ley se deriven en esta materia

11.  Ser órgano de comunicación y relación con la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda y órganos equivalentes del resto de Comunidades Autónomas.

Cualquier otra atribución que le otorguen las disposiciones vigentes.