El Consejo Jurídico es el superior órgano consultivo en materia de gobierno y administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, creado por Ley 2/1997 de 19 de mayo. (modificada por la Ley 12/2006, de 27 de diciembre, Disposición Adicional 7a.)
Ejerce la función consultiva con autonomía orgánica y funcional para garantizar su objetividad e independencia, de acuerdo con la Constitución y las Leyes, y no está integrado en ninguna de las consejerías ni departamentos de la Administración Regional.
En el ejercicio de esta función consultiva, el Consejo Jurídico velará por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia y del resto del ordenamiento jurídico, fundamentando en ellos su dictamen.
Su funcionamiento se rige por el Reglamento de Organización y Funcionamiento aprobado por el Consejo de Gobierno por Decreto Nº 15/1998, de 2 de abril (BORM de 29 de abril de 1998).
Tiene su sede en la ciudad de Murcia (C/ Alejandro Seiquer nº 14. Telf. 968 210286) y precede a los demás órganos e instituciones de la Administración Regional después del Consejo de Gobierno. (Inauguración de la nueva sede del Consejo Jurídico)
Son órganos integrantes del Consejo Jurídico:
El Presidente:
Los Consejeros:
El Letrado-Secretario General:
XI Jornadas de la Función Consultiva
Acceso a publicaciones del Consejo Jurídico
Acceso a la Recopilación de Doctrina Legal de los años 1998 a 2009